Saltar al contenido

Trabajo en toda España

Nº de Técnico titulado: 01/24/00024849/SANP108

Tanatopractor certificado en Bilbao

Como técnico tanatopractor titulado, realizo para funerarias y particulares de Bilbao y de Bizkaia la preparación del difunto para velatorio, cremación o repatriación, la extracción de marcapasos y las actas tanatológicas que exigen los consulados, también en traslados a América.

Jesús Chacón Espín, técnico tanatopractor, en una sala de tanatopraxia
Certificado de profesionalidad de Tanatopraxia de Jesús Chacón Espín
Certificado de profesionalidad de Tanatopraxia

Sobre mí

Jesús: Tanatopractor titulado y certificado

Soy técnico tanatopractor titulado, con años de ejercicio profesional en el sector funerario. Dispongo de la formación, las homologaciones y las certificaciones que exige la normativa de policía sanitaria mortuoria para el ejercicio de la tanatopraxia.

Como técnico titulado y acreditado, redacto y firmo las actas tanatológicas que acompañan a los embalsamamientos y a los traslados de difuntos nacionales e internacionales.

Presto servicio principalmente a empresas funerarias y también a particulares. Las intervenciones se realizan conforme a los protocolos sanitarios y a la normativa autonómica aplicable en cada caso.

  • Técnico tanatopractor titulado
  • Formación y certificaciones acreditadas
  • Emisión de actas tanatológicas
  • Servicio a funerarias y particulares
Más sobre mí

Servicios

Tanatopraxia y servicios funerarios

Servicios de tanatopraxia y servicios funerarios complementarios. Selecciona una categoría para consultar cada servicio.

Embalsamamientos

Conservación prolongada del difunto para velatorios de larga duración, traslados y repatriaciones.

Conservaciones transitorias

Tratamiento de conservación temporal para periodos de exposición o de espera de corta duración.

Reconstrucciones y tanatoestética

Higienización, preparación estética y reconstrucción del difunto para su exposición.

Extracciones de marcapasos

Retirada de marcapasos y otros dispositivos implantados antes de la cremación.

Actas tanatológicas

Redacción y firma de las actas que acreditan cada intervención ante autoridades, consulados y transportistas.

¿No lo ves en la lista?

Indícame el servicio que necesitas para valorar si puedo prestarlo o derivarte a otro profesional.

Galería

Galería profesional

Equipamiento e instalaciones utilizados en las intervenciones de tanatopraxia.

Herramientas de tanatopraxia
Quirófano de tanatopraxia
Útiles de tanatopraxia
Jesús Chacón Espín, técnico tanatopractor, con uniforme sanitario y guantes
Cartel de los servicios de tanatopraxia y de los servicios funerarios de Jesús Chacón Espín
Imagen de presentación de Jesús Chacón Espín, tanatopractor y embalsamador
Jesús Chacón Espín en la sala de tanatopraxia, con equipo de protección e instrumental

Proceso

Cómo trabajo

Procedimiento de solicitud y prestación del servicio.

  1. Contacto

    Solicitud del servicio por WhatsApp, por teléfono o por email, con los datos del caso: localidad, lugar, fecha prevista y tipo de intervención.

  2. Valoración

    Determinación de la técnica indicada y de la documentación necesaria, y fijación del lugar y la hora de la intervención.

  3. Realización del trabajo

    Desplazamiento, ejecución de la intervención conforme a protocolo y, cuando procede, emisión y firma del acta tanatológica.

*Esta información no constituye asesoramiento legal, se muestra a título informativo y podría cometer errores.

Cremación en Bilbao y Bizkaia

En Euskadi la cremación está más extendida que en la mayor parte de España, y en Bilbao y su área metropolitana es una opción habitual, tanto si la urna se deposita después en un cementerio como si las cenizas se conservan o se les da otro destino. El cementerio municipal de Bilbao está fuera de la ciudad, en Derio, y en los municipios de Bizkaia coexisten los panteones familiares tradicionales con columbarios cada vez más solicitados.

Antes de solicitar la cremación deben definirse algunas cuestiones, ya que condicionan la preparación del difunto, los plazos y la organización de las ceremonias:

  • Si la persona fallecida dejó expresada su voluntad, por escrito o verbalmente, y si existe acuerdo entre los familiares.
  • Si habrá velatorio con exposición del difunto en féretro abierto antes de la cremación, lo que influye en la preparación y en el horario del crematorio.
  • Si se celebrará una ceremonia, religiosa o civil, y si tendrá lugar antes de la cremación, con el cuerpo presente, o después, con la urna.
  • El destino de las cenizas: columbario, sepultura familiar, conservación en el domicilio o traslado a otro lugar, incluido otro país.

El Decreto 202/2004 y la autoridad sanitaria vasca

La sanidad mortuoria en la Comunidad Autónoma del País Vasco se rige por el Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprobó el Reglamento de sanidad mortuoria. En términos generales, establece cómo se clasifican los difuntos según la causa de la muerte, qué prácticas de tanatopraxia se pueden realizar y en qué condiciones, qué requisitos deben cumplir los traslados y los féretros, y cómo deben funcionar los tanatorios, los crematorios y los cementerios. El Decreto estatal 2263/1974 sigue siendo el marco de referencia en lo que la norma vasca no desarrolla.

La autoridad sanitaria es el Departamento de Salud del Gobierno Vasco, que actúa a través de sus servicios de salud pública en Bizkaia, Gipuzkoa y Álava. En un fallecimiento ordinario, con inhumación o cremación en Euskadi, la familia rara vez tiene que realizar trámites ante estos servicios. Su intervención es más frecuente en los traslados al extranjero, en los fallecimientos por enfermedades que suponen un riesgo sanitario y en las exhumaciones, y en esos casos es la funeraria la que suele gestionar el contacto.

Documentación bilingüe y uso fuera de Euskadi

El euskera es lengua oficial en Euskadi junto al castellano, y muchos documentos relacionados con un fallecimiento se expiden en formato bilingüe: impresos de Osakidetza, licencias y comunicaciones municipales o notificaciones del Gobierno Vasco. Si el documento incluye el texto en castellano, es válido en cualquier lugar de España.

Fuera de Euskadi, la situación es distinta. Un documento redactado solo en euskera requiere traducción para surtir efecto en otra comunidad, y en el extranjero lo habitual es que el consulado o la autoridad del país de destino exija la versión en castellano y, además, una traducción a su idioma, con frecuencia jurada. Para evitar retrasos se recomienda:

  • Solicitar los certificados del Registro Civil en castellano o en edición bilingüe si van a utilizarse fuera de España.
  • Comprobar si el país de destino acepta el certificado de defunción plurilingüe, que expide el Registro Civil y que en muchos casos hace innecesaria la traducción.
  • Verificar si los documentos requieren la Apostilla de La Haya y si la traducción jurada debe realizarse antes o después de apostillarlos.
  • Conservar copias de toda la documentación, ya que un mismo certificado puede requerirse para el traslado, para la aseguradora y para trámites posteriores en el país de destino.

Traslados entre Bizkaia y América

Entre el siglo XIX y mediados del XX, miles de vascos emigraron a Argentina, Uruguay, Chile, Venezuela, México, Cuba o el oeste de Estados Unidos, y la red de euskal etxeak repartidas por el continente mantiene esa relación. Como consecuencia, desde Bilbao se tramitan traslados en ambos sentidos: descendientes residentes en América que solicitan depositar las cenizas de un familiar en el caserío o en el municipio de origen, y fallecimientos en Bizkaia de personas cuyos hijos o nietos residen al otro lado del Atlántico.

Traslado de cenizas, de difunto o de restos

El traslado de cenizas es, con diferencia, el que menos requisitos plantea: por lo general basta con una urna adecuada, el certificado de defunción y el de cremación, y cumplir las condiciones de la aerolínea y del país de llegada. El traslado de un difunto es una repatriación internacional completa, con tratamiento de conservación, féretro de zinc soldado, documentación legalizada y los requisitos que fije cada consulado. La mayoría de los países americanos no aplican el Acuerdo de Estrasburgo, pero muchos sí reconocen la Apostilla de La Haya, lo que simplifica la legalización de los documentos.

Existe un tercer supuesto, menos frecuente: el de una persona inhumada hace años en América cuya familia solicita el traslado de sus restos a una sepultura familiar en Euskadi. Requiere una exhumación con los permisos del país de origen, la documentación consular y la aceptación del cementerio de destino, y su tramitación suele ser larga. En sentido inverso, cuando una persona de origen vasco fallece en América y se solicita su inhumación en Bizkaia, los trámites se inician en el país del fallecimiento y suelen pasar por el consulado de España.

Aeropuerto de Loiu y puerto de Bilbao

El aeropuerto de Bilbao, en Loiu, es la principal salida aérea del norte peninsular y tiene conexiones directas con varias ciudades europeas. Para América, en cambio, los traslados suelen hacer escala en Madrid o en otro gran aeropuerto europeo, lo que obliga a coordinar dos vuelos y alarga el tiempo total. El puerto de Bilbao, uno de los más importantes del Cantábrico, cuenta con líneas de ferri hacia las islas británicas, que en algunos traslados por carretera hacia el Reino Unido o Irlanda pueden ser una alternativa, siempre que la naviera admita este tipo de transporte.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes

¿Hay que retirar el marcapasos antes de una cremación en Euskadi?

Sí. Como en el resto de España, los marcapasos y los demás dispositivos implantados con batería deben retirarse antes de la cremación, ya que con el calor del horno pueden explotar y dañar las instalaciones o herir a los operarios. Los desfibriladores implantables, además, se desactivan antes de su extracción. La extracción la realiza un profesional en el tanatorio y no afecta a la presentación del difunto en el velatorio. La familia debe informar a la funeraria si la persona fallecida era portadora de alguno de estos dispositivos, aunque considere que ya consta en la documentación médica.

¿Quién decide entre cremación e inhumación si la persona no dejó nada escrito?

En ese caso deciden los familiares directos, normalmente el cónyuge o la pareja y los hijos, y lo habitual es que exista acuerdo entre ellos antes de contratar el servicio con la funeraria. Si la persona había otorgado un documento de voluntades anticipadas inscrito en el registro vasco, debe revisarse por si recoge alguna indicación además de las instrucciones médicas. El testamento puede incluir indicaciones, pero suele conocerse más tarde, ya que el certificado de actos de última voluntad no se puede solicitar hasta pasados 15 días hábiles.

¿Hace falta inscribir en España la defunción de un familiar de origen vasco que falleció en América?

Si tenía nacionalidad española, sí: la defunción debe inscribirse en el Registro Civil consular del país donde ocurrió o, desde España, a través del Registro Civil Central. Esa inscripción permite obtener después un certificado español de defunción, necesario para la herencia, para solicitar el certificado de actos de última voluntad o para resolver cuentas y pensiones en España. Si la persona no era española, en principio basta con el certificado de su país, legalizado o apostillado y, si procede, traducido. En la diáspora es frecuente la doble nacionalidad, por lo que debe comprobarse este extremo.

¿Puede un descendiente de vascos ser enterrado en el pueblo de sus abuelos aunque nunca haya vivido en Euskadi?

Por lo general, sí, siempre que exista una sepultura familiar en ese cementerio y su titular lo autorice, o que el ayuntamiento conceda una nueva. La nacionalidad o el lugar de residencia no impiden la inhumación, aunque las condiciones de cada cementerio pueden variar. Lo más frecuente, por sencillez de trámites, es trasladar las cenizas y depositarlas en el panteón o el nicho familiar, en ocasiones coincidiendo con un viaje de los descendientes. Antes del viaje se recomienda contactar con el ayuntamiento o la parroquia para conocer la documentación exigida y si la sepultura tiene espacio disponible.

¿Cuánto tiempo lleva organizar un traslado desde Bilbao a Latinoamérica?

No hay un plazo fijo, pero lo habitual es que se requieran varios días. Influyen el tiempo de obtención del certificado literal de defunción y del resto de documentos, la apostilla o legalización, los requisitos del consulado del país de destino, que en ocasiones exige trámites presenciales o cita previa, y la disponibilidad de vuelos con escala que acepten el féretro como carga. Los fines de semana y los festivos, en España o en el país de llegada, suelen alargar el proceso. Durante ese tiempo el difunto debe estar conservado, por lo que el tratamiento de conservación se realiza al inicio.

¿Qué diferencias hay entre un traslado desde Bilbao a otro país europeo y uno a América?

Hacia Europa existe la opción del traslado por carretera, cruzando a Francia por Irun, lo que permite llegar a muchos destinos sin depender de un vuelo. Además, con los países que aplican el Acuerdo de Estrasburgo de 1973 la documentación está más estandarizada y el difunto viaja con el pasaporte mortuorio. Hacia América, en cambio, el avión es la única vía práctica, casi siempre con escala, y cada consulado fija sus requisitos. En ambos casos se exigen, por lo general, el tratamiento de conservación y el féretro hermético.

¿Necesitas un tanatopractor certificado?

Atención a funerarias y particulares en Almería y en el resto de España, por WhatsApp o por teléfono.

Horario de atención: Atención 24/7, incluyendo festivos.